martes, 7 de febrero de 2012

¿Por qué no me dejan ponerme un aerogenerador en casa?...

¿Por qué? ¿Por qué? ¿Por qué? Haciendo celebre aquella frase de un famoso pensador…
Ni más, ni menos, que intentar resolver en unas líneas el motivo de porque actualmente resulta NO LEGAL instalar un generador eléctrico a la red con el fin de autoconsumir para nuestra vivienda, y conectados a la red, poder verter la energía sobrante o consumirla en caso de ser necesario.
Son la mayoría, en este sentido, las personas que lo desconocen, pero actualmente el tener una instalación de generación de energía eléctrica de fuente renovable (fotovoltaica, eólica, pequeña hidráulica, etc.) no es posible bajo el actual marco jurídico conectada a la instalación eléctrica nuestra vivienda, estando está conectada a la compañía eléctrica de turno.
Ejemplo práctico: La señora Fuertes, de nombre Dolores, es una mujer concienciada con lo importante que sería preparar su microeconomía para la independencia energética, viendo el desorbitado incremento de precio de los combustibles fósiles.
Ni corta, ni perezosa, Dolores (espero que me permita que la tuteé) decide asesorarse para instalar un kit de autoconsumo, compuesto de un generador de placas fotovoltaicas y un pequeño aerogenerador de 400 W. que instalará en su azotea. Existe en el mercado y su precio es similar al de cualquier sistema de calefacción convencional para una vivienda… unos 6.000€. Además es de una marca alemana y cuenta en ese país con muchísimas instalaciones funcionando (el gentilicio alemán parece más una marca comercial que un país, ya sabéis… ¡Si es alemán es bueno! Esto lo han hecho muy bien los tíos).
¡Bien Dolores! Lo tienes claro y por fin podrás generar tu propia energía eléctrica, pero… ¿Dónde la vas a conectar, Dolores? Hay que vamos a tener problemas… Dolores me llama y le explico…
-Veras Dolo (ya le he cogido cierta confianza), actualmente si la instalación de tu casa está conectada a la red eléctrica, con su contador y caja de fusibles, no puedes conectarle a ella directamente tu pequeña instalación de generación-.
-¿Ah no?-. Responde ella. -Tiene el inversor con las homologaciones pertinentes y las  protecciones, es tal y como se monta en Alemania-. Replica.
–Si Dolo, pero Alemania no es España, y la Merkel no es Rajoy… Aquí, para conectar los generadores, debes pedir a la compañía eléctrica otro punto de conexión.-
-¿Cómo?¿Y instalar otro contador y caja de fusibles?-.
-Sí, me temo que sí Dolo, tendrás que hacer obras en la fachada, y si el estudio del punto de conexión lo requiere, hacer obras en la red de distribución que a veces cuestan lo mismo que la propia instalación… Es injusto, lo sé, pero las leyes no están de tu parte… La ciencia y la tecnología si…-.
-No me sirve de mucho entonces ni la ciencia, ni la tecnología-. Concluyo la señora Fuertes.
Y esto, estimados amigos, es debido porque en este país de… perdón, retrasado en algunos aspectos, tenemos leyes del año 2000 (como por ejemplo RD 1663/2000) que nos tutelan la conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión, impidiendo que esta se haga en formato de autoconsumo y conectada a red, protegiendo y potenciando grandes centros y monopolios energéticos. Favoreciendo a las más grandes de este país… ya sabemos quiénes son (¡No! ¡Las folclóricas no, hombre! Las empresas del lobby energético…).
Parece ser que en el 2012 no hemos avanzado en estos aspectos del autoconsumo, y debemos hacer caso a estos papeles amarillentos que nos hablan de la tecnología del futuro, pero que a día de hoy es nuestra libertad energética. ¿No merecemos mejores leyes?
Después de hacer gala los políticos de la mayor de sus virtudes, prometer y no cumplir, seguimos a la espera de una ley que de una vez por todas regulase el AUTOCONSUMO en España, y nos diera por fin aquello que deseaba Dolores, independencia energética en nuestras viviendas, instalándonos por ejemplo, un aerogenerador en casa.

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3 comentarios:

  1. ETS UN CRACK.... JAJAJA... CUANDO UN COFFE?

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    1. Cuando tengas suelto... jajaja. Pues cuando digas que hace tiempo que no nos vemos, llamame!

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  2. Querida Dolores Fuertes,
    te comprendo, y te sugiero que tomes la alternativa y te montes tu instalación de autoconsumo en el marco que dueda fuera del Ámbito de Aplicación de la Ley. Es decir, que no la conectes a la red eléctryca ezpañola y que alimente un circuito independiente de calefacción, a/a, luces exteriores y alimentación de algunas máquinas, por ejemplo.
    Por cierto, tu segundo apellido es DE CABEZA, ¿verdad?

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